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Siniestros: Automóviles

 
     
 

Información importante para ti
 

Vehículo con daños materiales
¿Optaste por el pago de daños?
Pago de daños a Asegurados
Pago de daños a Terceros
¿Optaste por la reparación del vehículo?
Vehículo decretado pérdida total
Vehículo robado
¿Se localizó el vehículo robado?
¿El vehículo no aparece?
Pago de deducible

¿Dónde debo pagar el deducible?
Gastos Médicos
Información para reembolsos
Fianza garantizada y asistencia legal
Recomendaciones en caso de necesitar Asistencia Legal
Mayor información
Requisitos para la entrega de cheques
Entrega de cheques
Disposiciones fiscales



 

 

 

 
     
     
     
     
     
     
 

 

 
 
 
   

Vehículo con daños materiales


Si derivado del siniestro tu vehículo sufrió algún daño, podrás elegir entre la reparación o el pago de los daños y para cualquiera de las opciones, deberás realizar la valuación de los daños del vehículo.

  • Nuestro ajustador te hará entrega del Volante de admisión que será necesario que presentes junto con tu vehículo para realizar la evaluación.

  • Las opciones de lugares a los que podrás acudir para que nuestro personal realice la valuación de los daños sufridos son:

    1. Centro de Servicio a Clientes Automóviles (ver directorio).

    2. Centros de reparación (agencias o talleres en convenio), nuestro ajustador te ofrecerá alternativas.

 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

¿Optaste por el pago de daños?

Una vez que se haya realizado la valuación se te informará el importe a indemnizar y la fecha de pago.

Recibirás la Orden de reparación o documento que ampare el pago de daños, para que con el original solicites en la caja el trámite de pago correspondiente, mediante cheque.

   
 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

Pago de daños a Asegurados

La empresa está obligada a pagar al contratante de la póliza, el cual aparece en la carátula de la misma. Si no has efectuado el cambio, deberás tramitar con tu agente el endoso correspondiente.

   
 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

Pago de daños a Terceros

  • La empresa está obligada a pagar al dueño del vehículo de acuerdo a lo consignado en la tarjeta de circulación o bien al conductor del vehículo en el momento del siniestro.

  • Si no has efectuado el cambio de beneficiario del vehículo, podrás acreditar la propiedad presentando únicamente la FACTURA ORIGINAL CON EL ENDOSO a favor de quien se efectuará el pago.

  • Para acreditar la propiedad de los vehículos que se encuentran en financiamiento se deberá presentar la CARTA FACTURA ORIGINAL Y VIGENTE.

 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

¿Optaste por la reparación del vehículo?

Si tu vehículo es valuado en Centro de Servicio a Clientes nuestro valuador te ofrecerá alternativas de centros de reparación (agencias o talleres en convenio) para que selecciones el lugar de tu conveniencia.

Si tu vehículo es valuado en el centro de reparación (agencias o talleres en convenio) una vez realizada la valuación se dará inicio a la reparación.

Para la entrega del vehículo reparado, es requisito que firmes el finiquito de la reclamación, esto no invalida la garantía que el taller o agencia te otorga por la reparación de tu unidad.

   
 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

Vehículo decretado pérdida total

 

Cuando el monto de los daños sufridos por el vehículo asegurado incluyendo mano de obra, refacciones y materiales necesarios para su reparación exceda el porcentaje establecido en las condiciones de la póliza se considerará la pérdida total del automóvil.

  • Una vez decretada la pérdida total del vehículo, se te entregará el "Instructivo para el Pago de Vehículos Decretados Pérdida Total".

  • En este documento se describen los requisitos indispensables para realizar el trámite de la indemnización correspondiente y el lugar en donde debes presentar los documentos de tu automóvil.

  • El proceso de indemnización de pérdida total implica la transferencia de propiedad del vehículo asegurado, por lo que es indispensable contar con toda la documentación en regla.

  • Una vez entregada la documentación requerida se te entregará un contra-recibo de documentos de vehículos decretados pérdida total, en el que se relaciona la documentación presentada e indicando la fecha promesa de pago y lugar para el cobro de la indemnización.

 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

Vehículo robado

 

Nuestro Asesor de Servicio Automóviles te entregará los siguientes documentos al momento de ser atendido:

  • Instructivo para el Pago de Vehículos Decretados Pérdida Total, en el cual se relacionan los documentos a presentar para el trámite de indemnización

  • Copia de la declaración para la atención de robos, en la cual se asentaron los datos relativos al vehículo

  • Carta de Aviso a la Delegación, la cual deberá presentarse para el trámite de baja de placas

  • Finiquito por pérdida total de nuestro Asegurado, indispensable para realizar la gestión de indemnización

  • Guía de Facturación, la cual ha sido elaborada para proporcionar al Asegurado (persona moral), los aspectos que debe cubrir la factura de la unidad que será indemnizada

  • Identificación del cliente para trámite de pago, identificación oficial con fotografía y firma

 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

¿Se localizó el vehículo robado?

Te recomendamos que no te dirijas solo(a) a recuperar tu vehículo, da aviso a la Cabina de Siniestros GNP de la región donde reportaste el siniestro o al Centro de Servicio a Clientes Automóviles quienes te brindarán asesoría en los trámites necesarios ante las autoridades para la liberación y/o recuperación de tu vehículo.

   
 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

¿El vehículo no aparece?

Una vez transcurrido el tiempo establecido por GNP, es necesario que presentes la documentación completa como lo marca el instructivo Documentos a Presentar para el Trámite de Indemnización de Vehículos Decretados Pérdida Total o por Robo.

   
 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

Pago de deducible

 

¿En qué casos se elimina el deducible? El pago del deducible aplica en todos los casos excepto cuando:

  • En el accidente exista un tercero responsable conforme al dictamen pericial emitido por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal o sus similares en los estados de la República.

  • Se afecte únicamente la cobertura de responsabilidad civil o extensión de responsabilidad civil siempre y cuando así lo indique su póliza.

  • Exista una recuperación a favor de la compañía por los daños causados al vehículo asegurado y los daños sean iguales o superiores al deducible.

 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

¿Dónde debo pagar el deducible?

  • Daños materiales: El pago deberás realizarlo en el centro de reparación, durante el proceso o antes de finalizar la reparación de tu vehículo, o bien en el Centro de Servicio a Clientes Automóviles ubicados en la región donde ocurrió el siniestro (ver directorio).

  • Robo o pérdida total por colisión: El deducible será descontado del monto de la indemnización.

 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

Gastos Médicos

En caso de requerir atención médica como consecuencia del siniestro ocurrido:

¿Dónde recibirás la atención médica?
Tanto tú como los ocupantes del vehículo recibirán atención médica en un hospital y/o de un médico en convenio con GNP, quienes te orientarán y darán atención especializada al presentar el Volante de Atención Médica.

¿Quién pagará los gastos médicos?
Los gastos serán cubiertos mediante Pago Directo por GNP hasta por la suma asegurada contratada en la cobertura de Gastos Médicos estipulada en la carátula de la póliza.
En caso de optar por una institución diferente, deberás cubrir todos los gastos y solicitar el reembolso presentando los documentos señalados en la Información para Reembolsos.

¿Dónde acudir para el reembolso de los gastos?
Puedes acudir a nuestros Módulos de atención al cliente, donde con gusto te atenderemos

 

   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

Información para Reembolsos

  • En el caso de facturas de hospitales, laboratorios, etc.: Presentar original y copia elaborados a nombre del lesionado o asegurado

  • Para el recibo de honorarios médicos: Presentar original y copia elaborados a nombre del lesionado o asegurado

  • Para el pago de facturas de farmacia: Presentar original y copia de las facturas, anexando originales de las recetas que amparen los medicamentos.

Todos los documentos a reembolsar deberán ser presentados con el reporte que llenará el médico autorizado y que atendió al lesionado, así como las radiografías y estudios de gabinete realizados que puedan desprenderse de dicha atención.

   
 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

Fianza garantizada y Asistencia legal

Nuestra cobertura de Fianza Garantizada y Asistencia Legal aplica cuando se presuma su responsabilidad derivada de un accidente automovilístico y que a consecuencia del mismo se inicie un procedimiento judicial.

Grupo Nacional Provincial te ofrecerá los servicios jurídicos, en los que un experto en la materia te asesorará en todo momento.

Nuestra cobertura te garantiza la libertad bajo caución o fianza, una vez fijada por la autoridad correspondiente.

   
 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

Recomendaciones en caso de necesitar Asistencia Legal:

Recomendamos no declarar sin que esté presente tu abogado, ni realices ningún tipo de arreglo y/o convenio con las demás partes involucradas en el siniestro.

Establece claramente tus intereses ante nuestro abogado. Él te asesorará sobre el proceder ante la autoridad.

   
 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

Mayor Información

En caso de alguna duda o requerir información adicional, llama al centro de servicio a clientes Automóviles de la región (ver directorio).

   
 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

Requisitos para la entrega de cheques

Una vez que hayas sido atendido(a) por nuestro personal, se te indicará el lugar donde deberás acudir con el formato original de autorización de pago para iniciar la elaboración de tu cheque.

   
 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

Entrega de cheques

  1. Persona Física: Para la entrega de cheque al beneficiario es necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:

    • El beneficiario deberá presentar únicamente su identificación oficial* en original.

    • Si el beneficiario no puede presentarse a recoger el cheque, puede acudir algún familiar o conocido a realizar el trámite, presentando:

    • Carta poder simple de quien hayas designado, debidamente llenada con la presentación de identificaciones oficiales* de quien extiende el poder y de quien lo acepta.
       

  2. Persona Moral: Es necesario presentar carta poder en hoja membretada de la compañía, cumpliendo los mismos requisitos del inciso A), o bien si es representante legal acreditarse como tal y presentar una identificación oficial* en original, además de una copia fotostática del poder notarial de quien extiende la carta poder.

 

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
 
   

Disposiciones fiscales

 

Disposiciones fiscales para la expedición de cheques (art. 24-III Ley del Impuesto sobre la Renta):

  1. Persona Física: Los cheques a favor del beneficiario estarán cruzados con la leyenda para abono en cuenta del beneficiario, a partir del monto establecido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que esté vigente al momento de recoger el mismo.

  2. Persona Moral: Los cheques expedidos a favor del beneficiario llevarán la leyenda para abono en cuentan del beneficiario, independientemente del monto.

  3. Identificaciones oficiales:

    • Credencial de elector

    • Cartilla de servicio militar (con expedición no mayor a seis años)

    • Cédula profesional

    • Pasaporte (vigente)
      NOTA: Cualquier otra identificación no será válida.

 

   
 
 

 

 
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